¿Puede haber despidos en una empresa que haya solicitado un ERTE?

¿Puede haber despidos en una empresa que haya solicitado un ERTE?

El pasado 17 de marzo, el Gobierno aprobó un real decreto-ley de medidas extraordinarias en el ámbito laboral. En dicho real decreto-ley se obliga a las empresas que se acojan a un ERTE a mantener el volumen de empleo que tienen actualmente durante los 6 meses siguientes a la reanudación de la actividad.

¿Obligación o voluntad de mantener el empleo?

Sin embargo, según indican expertos en derecho laboral en Terrassa, esta nueva norma no deja muy claro lo que significa exactamente mantener el empleo. Tanto es así que ya no se habla de compromiso de mantener el empleo por parte de las empresas, sino de voluntad, un término mucho más relativo.

La situación no parece estar del todo clara. Hay expertos que apuntan que las empresas que hayan solicitado un ERTE están en la obligación de no hacer despidos colectivos o individuales por causas económicas, organizativas técnicas o de producción durante 6 meses.

No obstante, las empresas podrían acogerse a despidos puntuales que no se encuadren exactamente en las causas económicas u objetivas anteriores. Aquí entrarían las bajas voluntarias o los despidos disciplinarios debidamente justificados. Situaciones en las que se haría necesaria la presencia de un experto en derecho laboral Terrassa.

Otro caso diferente es el que representan las empresas de trabajo temporal. Aquí los trabajadores temporales pueden ver extinguidos sus contratos antes de que pasen seis meses siempre y cuando no sean despidos fraudulentos o que carezcan de una causa clara. En estos últimos supuestos, la no renovación podría ser declarada como despido improcedente.