¿Qué es la legítima hereditaria?

¿Qué es la legítima hereditaria?

Para muchas personas, los temas relacionados con las herencias al morir un familiar cercano se pueden convertir en auténticos quebraderos de cabeza. Por ello, si tienes dudas sobre esta cuestión y deseas informarte, un abogado herencias Terrassa de nuestro bufete puede resolver todas tus dudas. Mientras tanto, en este post te ayudamos a entender en qué consiste la legítima hereditaria.

Reparto de la herencia legítima según los casos

Cuando un familiar cercano fallece, a los hijos y el resto de los descendientes les corresponde un tercio de la herencia, que recibe el nombre de legítima corta y será distribuida entre ellos a partes iguales. Este tercio es heredado en plena propiedad, es decir, se obtiene a la vez el usufructo y la nuda propiedad. Así, también tienen derecho a otro tercio denominado de mejora o legítima larga los hijos o nietos del fallecido. En este caso, no tiene porqué ser a partes iguales.

En el supuesto de que no haya descendientes, los padres y demás ascendientes tienen derecho también a un tercio de la herencia si hay un cónyuge vivo, o la mitad de la herencia en el caso de que el fallecido no tuviera cónyuge.

Con respecto al cónyuge viudo, su legítima siempre será en usufructo y, según con quien concurra a la herencia, podrá ser menor o mayor. Si hay hijos u otros descendientes, les corresponde un tercio (el de mejora) de la herencia, pero si solo hay ascendientes, la legítima sería el usufructo de la mitad de la herencia. En el caso de que no haya ascendientes ni descendientes del fallecido, se heredará el usufructo a razón de dos tercios de la herencia.