Herencia de las cuentas bancarias

Herencia de las cuentas bancarias

El dinero que se queda en las cuentas bancarias de una persona fallecida, suele ser una cuestión que presenta algún que otro conflicto a la hora de repartir la herencia. Aunque el dinero sin duda pertenece a los herederos, hay que establecer su reparto de acuerdo al testamento. En nuestro bufete de abogados en Terrassa te contamos todo lo que tienes que saber sobre este tema.

Cuentas bancarias

En el caso de que la cuenta perteneciera solamente a la persona que ha fallecido y el mismo no hubiera dejado testamento, el dinero va a pasar directamente a los herederos reconocidos legalmente, es decir, serán los descendientes de primer rango los que van a tener la autoridad necesaria para retirar el dinero del banco o para hacer con él las gestiones necesarias.

El problema entre los herederos puede suceder cuando la cuenta bancaria cuenta con un cotitular que continua vivo. En este caso, la situación se complica, ya que según la ley dicho cotitular tiene derecho a un 50% del dinero de la cuenta sin necesidad de pagar el Impuesto de Sucesiones. Para el resto de los herederos señalados en el testamento solamente quedará el otro 50%.

Para que el banco acepte el reparto del dinero será necesario presentar unos documentos como el certificado de defunción, una copia autorizada del testamento y el registro de actos de última voluntad. También hay que acreditar el derecho al reparto y adjudicación de los bienes que debe quedar reflejado en un documento privado o notarial.